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sábado, agosto 23, 2025
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Obispos de Colorado apoyan recolección de firmas para las iniciativas #108, #109 y #110 por los derechos de los padres

Los cuatro obispos de Colorado, a través de la Conferencia Católica de Colorado, han emitido una carta a los fieles alentándolos a firmar y apoyar tres iniciativas que buscan un lugar en la boleta electoral del 2026 de Colorado. Además, han solicitado a las parroquias católicas de Colorado que organicen tres fines de semana de recolección de firmas durante los próximos tres meses. Su carta se presenta íntegra a continuación.

Como obispos católicos de Colorado, apoyamos y alentamos la recolección de firmas para las iniciativas de Colorado #108 Sanciones por trata de menores, #109 Participación masculina y femenina en deportes escolares, y #110 Prohibir ciertas cirugías en menores. Cada una de estas iniciativas requiere casi 125,000 firmas válidas dentro de los seis meses posteriores a su inicio a principios de septiembre para ser incluidas en la papeleta electoral del 2026 en Colorado.

Para alcanzar este objetivo, nosotros, los obispos de Colorado, anunciamos tres fines de semana de recolección de firmas para todas las parroquias católicas de nuestro estado y alentamos a los votantes registrados de Colorado a firmar estas peticiones. Además, los fieles católicos dispuestos a ofrecerse como voluntarios para este esfuerzo deben inscribirse en este enlace: https://protectkidscolorado.app.neoncrm.com/forms/catholic-parish-volunteers.

Los fines de semana designados para la recolección de firmas en nuestras parroquias serán:

  • 13-14 de septiembre, fin de semana de la Fiesta de la Exaltación de la Santa Cruz
  • 4-5 de octubre, fin de semana de la Fiesta de San Francisco de Asís, patrono de Colorado
  • 1-2 de noviembre, fin de semana de las Fiestas de Todos los Santos y Todos los Fieles Difuntos

Estas iniciativas deben promulgarse para proteger a las familias y los niños de Colorado, especialmente a medida que las leyes extremas que violan los derechos de los padres continúan avanzando en nuestro estado. Durante la sesión legislativa de Colorado del 2025, más de 1090 coloradenses acudieron al capitolio estatal para abogar contra la HB25-1312 Protecciones legales para personas transgénero. Aun así, los líderes del comité limitaron el testimonio, silenciando efectivamente a más de la mitad de los asistentes que vinieron a expresar sus serias preocupaciones sobre el proyecto de ley. Promulgada el 16 de mayo, la nueva ley codifica la discriminación contra cualquier institución o individuo basado en la fe o privado con una creencia diferente sobre la sexualidad humana y les obliga a ajustarse a las creencias exigidas por el gobierno sobre “orientación sexual, identidad de género y expresión de género” y evitar “misgendering” o “deadnaming” (usando pronombres biológicos y nombre de nacimiento) intencionalmente bajo amenaza de sanciones penales y financieras basadas en la Ley Contra la Discriminación de Colorado (CADA, por sus siglas in inglés) revisada.[1] El impacto en la ley contra la discriminación de Colorado es una violación masiva de las libertades de expresión y conciencia de la Primera Enmienda, particularmente para los derechos de los padres. La versión HB25-1312 de la Cámara incluso tenía como objetivo hacer que la posición de un padre sobre la identidad trans de su hijo fuera un factor en las decisiones de custodia. Debido a la reacción del público, esa disposición se eliminó de la ley propuesta, pero la nación sigue atenta a la lucha de los padres de Colorado contra la extralimitación estatal.

Además, el proyecto de ley hermano de HB25-1312, HB25-1309 Proteger el acceso a la asistencia sanitaria que afirme el género, enumera una serie de tratamientos y procedimientos costosos que deben ser cubiertos por proveedores de seguros de salud públicos y privados si un proveedor de salud física o conductual los considera “médicamente necesarios”. Según la ley, estos tratamientos y cirugías se pueden realizar en menores de tan solo 12 años e incluyen terapia hormonal, reconstrucción genital, aumento de senos y reconstrucción facial. Exigir que los planes de seguro de los empleadores grandes, los planes individuales o de grupos pequeños, los planes financiados por el estado y los proveedores de seguros de salud privados cubran estas intervenciones médicas viola los derechos de conciencia de la Primera Enmienda de las instituciones basadas en la fe, las empresas privadas y todos los coloradenses que no están de acuerdo con la definición estatal de “atención de afirmación de género”, obligándolos a subsidiarlo, incluso para menores.

Las iniciativas ciudadanas propuestas para 2026 empoderarán a los coloradenses para garantizar sus derechos parentales, proteger a sus hijos y defender sus derechos de conciencia y expresión de la Primera Enmienda.

Esto es lo que hacen estas iniciativas:

#108 Sanciones por trata de menores

 La Iniciativa #108 fortalece las leyes contra el tráfico sexual de niños, incluido el cambio del delito de un delito grave de clase 2 a un delito grave de clase 1 con una sentencia obligatoria de cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional ni de salir. La trata de personas viola la santidad, la dignidad y los derechos fundamentales de la persona humana. Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la “Estimación Global de la Esclavitud Moderna” de la Fundación Walk Free (2016), el 25 por ciento de todas las víctimas de trata sexual son niños de 17 años o menos, lo que equivale a unos 10 millones de niñas y niños en todo el mundo. A partir de 2023, Colorado ocupa el décimo lugar en la nación en cuanto a los informes más altos de tráfico sexual.[2] En Colorado se encuentran la Interestatal 70 y la Interestatal 25, y los niños a menudo son traficados a lo largo de esas rutas. Es imperativo que los coloradenses fortalezcan las leyes que rechazan la esclavitud moderna de la trata sexual de niños.

#109 Participación masculina y femenina en deportes escolares

La Iniciativa #109 afirma las “diferencias biológicas únicas e inmutables” entre hombres y mujeres desde el nacimiento y que esas diferencias se vuelven más pronunciadas a medida que los niños envejecen y alcanzan la pubertad. Por lo tanto, la Iniciativa #109 requiere que todos los programas atléticos interescolares e intermurales se designen expresamente en función del sexo biológico, ya sea para hombres, mujeres o mixtos. Las políticas escolares y de organización atlética que socavan la realidad biológica del cuerpo de una persona como hombre o mujer niegan la dignidad humana y son abusivas para los menores. Las políticas que permiten a los hombres biológicos participar en los deportes femeninos promueven el trato injusto de las mujeres y plantean situaciones potencialmente peligrosas e inapropiadas para las mujeres jóvenes, incluido el hecho de compartir baños y vestuarios con hombres biológicos. El Título IX de las Enmiendas de Educación de 1972 fue un hito necesario para establecer la igualdad de oportunidades educativas para las mujeres. La Iniciativa #109 se mantiene en continuidad con el Título IX, es importante para la igualdad de dignidad de hombres y mujeres y aborda la competencia injusta y las posibles preocupaciones de seguridad para los menores cuando se ignora el sexo biológico.

#110 Prohibir ciertas cirugías en menores

La Iniciativa #110 incluye la “Ley para proteger a los niños de la cirugía de cambio de sexo irreversible”, que reconoce que los menores carecen de la madurez para tomar “decisiones médicas permanentes que alteran la vida” y que las intervenciones médicas y la cirugía destinadas a alterar el sexo biológico de un niño a menudo resultan en consecuencias graves e irreversibles, incluso esterilidad.[3] La Iniciativa #110 también prohíbe a los proveedores médicos realizar, prescribir o administrar a sabiendas una intervención médica o cirugía en un menor con la intención de alterar su sexo biológico y prohíbe que se utilicen fondos estatales para tales intervenciones médicas o cirugías. Según la Declaración del Dicasterio para la Doctrina de la Fe “Dignitas Infinita” sobre la dignidad humana (2024), “toda operación de cambio de sexo, por regla general, corra el riesgo de atentar contra la dignidad única que la persona ha recibido desde el momento de la concepción”.[4] El Catecismo de la Iglesia Católica reconoce que “El cuerpo del hombre participa de la dignidad de la ‘imagen de Dios’” (CIC 364), incluido el sexo biológico único del cuerpo. El orden fundamental de la persona humana es la unidad de cuerpo y alma y los intentos de alterar el sexo biológico son contrarios al plan divino de Dios para esa persona. Es por eso que la Iglesia enfatiza la necesidad de respetar el orden natural de la persona humana, especialmente de los niños cuyo bienestar físico y mental se verá gravemente dañado por intervenciones médicas y cirugías permanentes y que alteran la vida. Además, según la “Nota doctrinal sobre los límites morales de la manipulación tecnológica del cuerpo humano” (marzo de 2023) de la Conferencia de Obispos Católicos de los Estados Unidos (USCCB, por sus siglas en inglés), las intervenciones de reasignación de género no son lícitas y violan las Directivas Éticas y Religiosas para los servicios católicos de atención médica.[5]

Como obispos católicos de Colorado, imploramos a los fieles católicos que actúen de acuerdo con la enseñanza de la Iglesia en apoyo de estas tres iniciativas. Si está registrado para votar en Colorado, firme las peticiones y, si puede, participe en la recolección de firmas para garantizar que estas importantes iniciativas dirigidas por ciudadanos se incluyan en la papeleta electoral de 2026 en Colorado. Si no está registrado para votar, puede registrarse aquí: https://cocatholic.org/resources/voter-guide/.

Que nosotros, como comunidad de fe, podamos tomar esta importante posición por la dignidad de la persona humana, la protección de los niños y la libertad religiosa de todos.

En Cristo,

Excmo. Mons. Samuel J. Aquila
Arzobispo de Denver

Excmo. Mons. Jorge H. Rodríguez
Obispo auxiliar de Denver

Excmo. Mons. Stephen J. Berg
Obispo de Pueblo

Excmo. Mons. James R. Golka
Obispo de Colorado Springs

 


[1] En 2021, la HB21-1108 redefinió la Ley contra la Discriminación (CADA) de Colorado para incluir la “orientación sexual”, la “identidad de género” y la “expresión de género” como clases protegidas. La definición de CADA de “lugar de alojamiento público” excluye “una iglesia, sinagoga, mezquita u otro lugar utilizado principalmente con fines religiosos”. El alcance de esta exención religiosa es incierto. Además, HB21-1108 no proporciona protección para que los individuos privados practiquen sus convicciones bien fundadas sobre la sexualidad humana en la esfera pública. Esto viola el precedente federal, incluido el caso de la Corte Suprema de los Estados Unidos de 2017, Masterpiece Cakeshop contra la Comisión de Derechos Civiles de Colorado. HB21-1108 dio autoridad a la misma Comisión de Derechos Civiles de Colorado que perdió en Masterpiece para decidir y hacer cumplir cómo se aplican la “expresión religiosa” y el “culto” para las instituciones religiosas y los ciudadanos privados. Es por eso que se considera que CADA codifica la discriminación contra cualquier persona con una creencia diferente sobre la sexualidad humana.

[2] DJ Summers, “Trata de personas en Colorado”, Common Sense Institute, 2 de octubre de 2024. https://www.commonsenseinstituteus.org/colorado/research/crime-and-public-safety/human-trafficking-in-colorado-2023-new-record-year-for-trafficking-crimes.

[3] La clínica Mayo descubrió que los adolescentes y jovenes varones que reciben bloqueadores de la pubertad tendrán una atrofia testicular significativa que conducirá a la pérdida de fertilidad (Murugesh V, Ritting M, Salem S, Aalam SMM, Garcia J, Chattha AJ, et al. Bloqueador de la pubertad e impacto del envejecimiento en los estados y la función de las células testiculares. 2024). Un estudio del Instituto Nacional de Salud no pudo mostrar el beneficio de los bloqueadores de la pubertad para 95 niños después de un seguimiento de dos años (Dra. Joanna Olson-Kennedy). La intervención quirúrgica es completamente irreversible, lo que es aún más significativo para los niños cuyas partes sanas del cuerpo están mutiladas, dejándolos estériles de por vida.

[4] Declaración del Dicasterio para la Doctrina de la Fe “Dignitas Infinita” sobre la Dignidad Humana, 4 de agosto de 2024, https://press.vatican.va/content/salastampa/es/bollettino/pubblico/2024/04/08/080424c.html.

[5] Según la Conferencia de los Obispos Católicos de los Estados Unidos en su “Nota doctrinal sobre los límites morales de la manipulación tecnológica del cuerpo humano” (marzo de 2023) para las Directivas Éticas y Religiosas de los Servicios Católicos de Salud, “Los servicios católicos de atención médica no deben realizar intervenciones, ya sean quirúrgicas o químicas, que tengan como objetivo transformar las características sexuales de un cuerpo humano en las del sexo opuesto o participar en el desarrollo de dichos procedimientos”.

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