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Las indulgencias plenarias para los fieles difuntos se podrán realizar todo el mes de noviembre

Los fieles que quieran obtener una indulgencia plenaria para los Fieles Difuntos este mes de noviembre podrán hacerlo sin preocuparse por las dificultades de la pandemia.

La Penitenciaría Apostólica del Vaticano ha emitido un decreto extendiendo los tiempos tradicionales para dos indulgencias plenarias obtenidas por las almas en el purgatorio durante este mes de noviembre.

Indulgencia plenaria del 1 al 8 de noviembre

La indulgencia plenaria que se otorga por visitar un cementerio y pedir por los difuntos del 1 al 8 de noviembre se podrá completar este año durante todo el mes de noviembre. Los fieles pueden escoger los días del mes para visitar el cementerio. Los días no tienen que ser seguidos.

Indulgencia plenaria del Día de los Fieles Difuntos (2 de noviembre)

La indulgencia plenaria para el 2 de noviembre también se podrá hacer en cualquier día del mes. Esta consiste en visitar devotamente una iglesia u oratorio y recitar el Padre Nuestro y el Credo.

Adaptaciones para los afectado por el COVID-19

Tomando en cuenta los obstáculos que se pueden presentar debido a la pandemia, la Penitenciaría Apostólica también ha adaptado los requisitos para obtener las indulgencias para aquellas personas que no puedan ir a los lugares determinados.

Aquellos que están enfermos, los ancianos o las personas que no puedan visitar un cementerio, una iglesia o un oratorio por razones serias (como las restricciones por el coronavirus) podrán obtener cualquiera de estas indulgencias haciendo lo siguiente.

  • Uniéndose espiritualmente a los demás fieles
  • Y realizando una de estas prácticas ante una imagen de Jesús o de la Virgen María:
    • Rezar oraciones piadosas para los difuntos (por ejemplo, el rosario, el Oficio de los Difuntos, la Coronilla de la Divina Misericordia, etc.)
    • Leer y reflexionar sobre las lecturas del Evangelio prescritas para las misas por los difuntos
    • Hacer un acto de misericordia al ofrecer a Dios los sufrimientos y dificultades de su propia vida.

Las condiciones para obtener una indulgencia plenaria

Las 3 condiciones habituales para obtener una indulgencia plenaria siguen en efecto y deberán realizarse 20 días antes o después de haber hecho la indulgencia. Sin embargo, aquellos que no puedan cumplir con este tiempo podrán hacerlo después, pero lo más pronto posible.

Las 3 condiciones habituales son:

  • La recepción da la Santa Comunión por cada indulgencia plenaria
  • La confesión sacramental (una confesión puede ser suficiente para varias indulgencias)
  • Orar por las intenciones del Santo Padre en cada indulgencia que se realice.

Preguntas comunes sobre las indulgencias plenarias

Esta sección fue publicada originalmente en ACI Prensa y ha sido ligeramente adaptada al contexto.

1. ¿Qué es una indulgencia?

Una gracia que concede la Iglesia, por los méritos de Jesucristo, de María y todos los santos, para borrar la pena temporal que queda como consecuencia del pecado. Es una aplicación del poder de las llaves dado a la Iglesia por nuestro Señor.

2. ¿La indulgencia borra los pecados?

No. La indulgencia aplica a pecados ya perdonados.

3. ¿Por qué si el pecado ha sido perdonado, queda una pena?

Para entenderlo, cabe poner este ejemplo: Un niño desobedece a su papá que le pidió no jugar pelota en casa, y rompe la ventana. Arrepentido, pide perdón. Su papá lo perdona, pero queda una consecuencia: debe pagar el vidrio roto. La mamá y hermanos del niño deciden ayudarle, con permiso del papá, a pagar la deuda.

Así también, el pecado confesado es perdonado, pero queda una pena que hay que expiar, y es la que nuestra Madre la Iglesia nos ayuda a pagar con las indulgencias.

4. ¿Cuántas clases de indulgencias hay?

Dos: “parcial” que perdona sólo parte de la pena, y “plenaria”, que la perdona toda.

5. ¿Por quién puedo aplicar la indulgencia obtenida cada día?

Dependiendo de la indulgencia, puede ser obtenida por uno mismo o por un difunto. En el caso de las indulgencias plenarias para los fieles difuntos, estas se obtienen para las almas en el Purgatorio y no para la persona que las realiza.

También se pueden encomendar a María, para que Ella las aplique por el alma que quiera ayudar. Solo aplican a las almas que están en el Purgatorio; las que están en el Cielo, no las necesitan, y las que están en el Infierno no las aprovechan pues ya no saldrán de ahí. Como no sabemos si las almas de nuestros difuntos ya están en el cielo, conviene seguir ofreciendo indulgencias plenarias por ellas.

6. ¿Puedo aplicar la indulgencia plenaria por otra persona viva?

No.

7. ¿Qué efecto produce la indulgencia plenaria en el alma?

Aplicada por ti, te libra de la pena temporal de pecados confesados y perdonados, desde el momento de tu Bautismo hasta la fecha en que obtengas la indulgencia plenaria.

Aplicada por un difunto, es gran obra de misericordia, pues lo libra de la pena de sus pecados perdonados, lo cual podría ayudarle a salir del Purgatorio e ir al cielo. Decía Santa Catalina de Siena, que las almas que ayudes así te estarán eternamente agradecidas, orarán siempre por ti, y al llegar al cielo harán valla para venirte a recibir.

8. Si una persona que se ha confesado y ha obtenido indulgencia plenaria, muriera, ¿iría al cielo?

Sí, siempre y cuando no tenga ya nada que purificar, en el sentido de apegos, pecados veniales no confesados (y por lo tanto no perdonados).

9. ¿Cuántas indulgencias puedo obtener?

Una por día.

10. ¿Cómo puedo obtener la indulgencia plenaria?

Debes estar en gracia de Dios y tener total rechazo al pecado (habiéndote confesado); asistir a Misa completa; comulgar, orar por las intenciones del Papa (por ejemplo: Padrenuestro, Avemaría y Credo), y realizar lo que la Iglesia pida para conceder esa indulgencia.

 

Vladimir Mauricio-Pérez
Vladimir Mauricio-Pérez
Vladimir Mauricio-Pérez fue el editor de El Pueblo Católico y el gerente de comunicaciones y medios de habla hispana de la arquidiócesis de Denver.
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